Visas L
¿Qué es una L-1A?
Una L-1A es una visa de trabajo para extranjeros que quieren entrar a los E.E.U.U. a trabajar en una posición de gerente o ejecutivo. Para obtener una visa de trabajo L-1 el extranjero debe probarle a la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración de los Estados Unidos que él o ella ha:
1) trabajado fuera de los E.E.U.U. por lo menos un año de los últimos 3 años;
2) para la misma corporación o firma, o para la misma rama, subsidiaria o afiliada de la empresa quien lo empleo a él o ella en el extranjero;
3) en una capacidad directiva, ejecutiva, o con conocimientos especializados.
¿Qué es una L-1B?
Una L-1B es un extranjero entrando a los E.E.U.U. a trabajar en una posición que requiera conocimiento especializado de la empresa. Para obtener una visa de trabajo L-1B el extranjero debe probarle a la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración de los Estados Unidos que él o ella ha:
1) trabajado fuera de los E.E.U.U. por lo menos 1 año de los últimos 3;
2) para la misma corporación o firma, o para la misma rama, subsidiaria o afiliada de la empresa quien lo empleo a él o ella en el extranjero;
3) en una capacidad gerencial, ejecutiva, o de conocimientos especializado.
¿Qué es una L múltiple (blanket)?
Algunas empresas multinacionales pueden obtener una aprobación múltiple. Algunos de los requisitos incluyen:
- El peticionario tiene una oficina en E.E.U.U. que ha estado haciendo negocios por lo menos un año.
- El peticionario trabaja en intercambio comercial o servicios. Tiene más de 3 empresas domesticas, extranjeras, subsidiarias o afiliadas.
- Una fuerza laboral de más de 1000, ventas combinadas anuales de 25 millones de dólares, o aprobado por lo menos 10 peticiones para clasificación L en el último año.
Si es aprobada por Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración de los Estados Unidos, la aprobación inicial incluye a todas las entidades incluidas en la petición también son consideradas "organizaciones calificadas." Esta aprobación puede ser extendida indefinidamente siempre y cuando el peticionario(s) cumpla con los requisitos. Para entrar a E.E.U.U. el extranjero tiene que probar a la satisfacción del oficial consular (a menos que no necesite visa) que él o ella ha:
- Trabajado fuera de los E.E.U.U. por lo menos 1 año de los últimos 3;
- En una capacidad gerencial, ejecutiva, o de conocimientos especializado (profesional).
¿Y los miembros de familia?
Conyugue y niños dependientes menores de 21 que acompañan o siguen si son admisibles pueden entrar a los E.E.U.U. en un estatus de L-2. Pueden vivir en los E.E.U.U. durante el mismo periodo de tiempo que el extranjero con la visa de trabajo. Los cónyuges pueden trabajar si solicitan permiso de trabajo a inmigración. Todas las categorías L pueden traer ayuda domestica si cumplen con ciertos requisitos regulatorios.
¿Cómo le podemos ayudar?
Nosotros asistimos a empleadores e individuos a cumplir con los requisitos regulatorios complicados. Analizamos las metas a largo y corto plazo, y todas las opciones posibles y disponibles con ambos, y asistimos a individuos a calificar para un estatus L. Nosotros le prepararemos la documentación, revisaremos documentación de soporte, la enviaremos y lo representaremos ante la Oficina de Servicios de Ciudadanía e Inmigración y el Depto. de Estado. Nosotros lo mantendremos informado acerca de cualquier cambio de la ley que pueda afectar la petición que estamos sometiendo, así como también progresos del caso como por ejemplo si piden evidencia adicional. Usted puede chequear su expediente electrónico 365 días al año para obtener el estatus mas actualizado de su caso hasta que el caso sea completado.
